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Es el órgano creado en el acto constitutivo de un fideicomiso o en sus reformas, cuyo objetivo es coadyuvar al logro de los fines propios del fideicomiso, de acuerdo con la integración, los deberes y la competencia que se le confieran. Su existencia es potestativa en los fideicomisos de particulares.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho administrativo 1er. cursoAutora/or de la PublicaciónRafael I. Martínez Morales (Autora/or)EditorialOxford University PressNúmero de edición6Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2012ColecciónTextos jurídicos universitariosISBN978-607-426-267-4Página de la definición128
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Registrado el29/05/2026
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Última Actualización29/05/2026
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