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Es un modo de extinguir las obligaciones que consiste en que el deudor ejecuta a título de pago y en favor del acreedor una prestación distinta a la debida, con la conformidad del acreedor, quien consiente en la extinción de la obligación y libera al deudor, por darle a esa ejecución los efectos del pago.
- Autora/or de la definición
- TítuloTeoría de las obligacionesAutora/or de la PublicaciónJoaquín Martínez Alfaro (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición13Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2013ISBN978-907-09-0999-3Página de la definición425
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