Ordenamiento territorial de los asentamientos humanos

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Derecho ambiental
  • Artículo 2o. Para los efectos de esta Ley, se entenderá por:

    1. Ordenamiento territorial de los asentamientos humanos: el proceso de distribución equilibrada y sustentable de la población y de las actividades económicas en el territorio nacional;

    Legislación Derogada


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