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Una población como sustrato personal del Estado presupone una agrupación de seres humanos (nacionales), vinculados en el tiempo y regidos por un mismo ordenamiento jurídico y un mismo gobierno. En este caso no es decisiva la homogeneidad idiomática, étnica, religiosa o cultural. Pero si debe tratarse de un grupo que por lo menos tenga un...
Una población como sustrato personal del Estado presupone una agrupación de seres humanos (nacionales), vinculados en el tiempo y regidos por un mismo ordenamiento jurídico y un mismo gobierno. En este caso no es decisiva la homogeneidad idiomática, étnica, religiosa o cultural.
Pero si debe tratarse de un grupo que por lo menos tenga un sentimiento de pertenencia, que en todo caso, vincule la mayoría de la población a un determinado territorio, y se considere como la población de un Estado.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho Internacional PúblicoAutora/or de la PublicaciónMatthias Herdegen (Autora/or)EditorialFundación Konrad AdenauerNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2005ISBN970-32-2270-6Página de la definición72 y 73
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