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debe entenderse: como el intervalo pasivo en el que pueden quedarse los efectos del contrato de trabajo; es decir que en la relación de trabajo se pausa por causas del trabajador o por el patrón, pero sin que esto haga que termine la relación obrero patronal.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho Laboral IAutora/or de la PublicaciónRodolfo Gómez Aranda (Autora/or)EditorialRed Tercer MilenioNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2012ISBN978-607-733-127-8Página de la definición109
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La suspensión de la relación de trabajo es el intervalo en el cual pueden quedarse estáticos los efectos del contrato de trabajo; es decir, la relación de trabajo se pausa por causas imputables al trabajador o al patrón, pero sin que ello entrañe el fin de la relación obrero-patronal.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho del TrabajoSubtítuloParte GeneralAutora/or de la PublicaciónSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) (Compilador/a)EditorialSuprema Corte de Justicia de la NaciónNúmero de ediciónPrimeraLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2017ISBN978-607-630-657-4Página de la definición221
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Última Actualización03/11/2020
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