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Gratuitos: son aquellos que se llevan a cabo sin fines lucrativos y con propósitos de liberalidad; una de las partes los realiza con el objeto de beneficiar a la otra, sin pretender reciprocidad en la contraprestación, por ejemplo: la donación y el comodato; en éstos una de las partes se obliga a dar o hacer...
Gratuitos: son aquellos que se llevan a cabo sin fines lucrativos y con propósitos de liberalidad; una de las partes los realiza con el objeto de beneficiar a la otra, sin pretender reciprocidad en la contraprestación, por ejemplo: la donación y el comodato; en éstos una de las partes se obliga a dar o hacer sin contraprestación de la otra.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho civilSubtítuloIntroducción y personasAutora/or de la PublicaciónEdgard Baqueiro Rojas (Autora/or)Rosalía Buenrostro Báez (Autora/or)EditorialOxford University PressNúmero de edición2Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2010ColecciónTextos jurídicos universitariosISBN978-607-426-010-6Página de la definición106
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Registrado el01/10/2026
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Última Actualización01/10/2026
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