Autocomposición
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Se trata de un arreglo pacífico del conflicto, por medio de un acuerdo, expreso o tácito, de los interesados en él, sin acudir a una tercera persona o entidad para que lo dirima.
- Autora/or de la definición
- TítuloTeoría General del Derecho ProcesalAutora/or de la PublicaciónVictor Fairén Guillén (Autora/or)EditorialUniversidad Nacional Autónoma de MéxicoNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación1992ISBN968-36-2244-5Página de la definición18
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En la renuncia del derecho propio en beneficio del interés ajeno. Al igual que la autodefensa, sus manifestaciones pueden ser unilaterales o bilaterales, según provengan de ambas partes del litigio o de una de ellas. Como podemos ver, es una solución que proviene de la voluntad de una o ambas partes. Las manifestaciones...
En la renuncia del derecho propio en beneficio del interés ajeno. Al igual que la autodefensa, sus manifestaciones pueden ser unilaterales o bilaterales, según provengan de ambas partes del litigio o de una de ellas. Como podemos ver, es una solución que proviene de la voluntad de una o ambas partes.
Las manifestaciones unilaterales de la autocomposición son el desistimiento, el allanamiento y el perdón del ofendido. En este último caso, hacemos referencia a aquellos delitos perseguidos por querella , donde el perdón extingue la pretensión punitiva del Estado.
- Autora/or de la definición
- TítuloCurso básico de Teoría General del ProcesoAutora/or de la PublicaciónLuis Octavio Vado Grajales (Autora/or)EditorialCentro de Estudios Jurídicos Carbonell, A.C.Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2024ISBN978-607-8493-83-8Página de la definición8
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Artículo 2o. Para efectos de esta Ley, se entenderá por:
- Autocomposición: reglas que los propios particulares involucrados en una controversia establecen para efecto de encontrar una solución a la misma.
- PaísMéxico
- Legislación
- TipoFederal
- Fecha de Publicación2008-01-08
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Última Actualización10/09/2026
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Consultas15102
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Libro DestacadoAutora/or Destacada/or
