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El contrato de compromiso se define como aquel en virtud del cual las personas entre las que haya surgido una controversia, o aquellas que admitan la posibilidad de que exista en el futuro, convienen en someter la decisión de la misma al juicio arbitral.
- Autora/or de la definición
- TítuloLos contratos civiles y sus generalidadesAutora/or de la PublicaciónRicardo Treviño García (Autora/or)EditorialMcGraw-HillNúmero de edición7Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2008ColecciónSerie JurídicaISBN970-10-6399-6Página de la definición931
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