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Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. En casos que se suscite algún riesgo de trabajo el derechohabiente tiene la posibilidad de percibir las prestaciones en dinero o en especie, asistencia médica, quirúrgica o farmacéutica, servicio de...
Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo. En casos que se suscite algún riesgo de trabajo el derechohabiente tiene la posibilidad de percibir las prestaciones en dinero o en especie, asistencia médica, quirúrgica o farmacéutica, servicio de hospitalización, aparatos de prótesis y ortopedia y rehabilitación, de acuerdo a lo que se establezca en la legislación correspondiente.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho FiscalAutora/or de la PublicaciónSonia Venegas Álvarez (Autora/or)EditorialOxfordNúmero de ediciónPrimeraNúmero de reimpresiónPrimeraLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2012ISBN978-607-426-274-2Página de la definición450
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Son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo de su trabajo. Con excepción de los talleres familiares, las disposiciones relativas a los riesgos de trabajo se aplican a todas las relaciones de trabajo, con la inclusión de las correspondientes a los trabajos especiales.
- Autora/or de la definición
- TítuloManual de justiciable materia laboralAutora/or de la PublicaciónSuprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) (Autora/or)EditorialPoder Judicial de la FederaciónLugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2003ISBN970-712-311-7Página de la definición22
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Artículo 473. Riesgos de trabajos son los accidentes y enfermedades a que están expuestos los trabajadores en ejercicio o con motivo del trabajo.
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Última Actualización17/11/2022
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