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El concejo es un órgano de deliberación y decisión cuyas facultades se materializan en la expedición de reglamentos de aplicación general en el municipio, y que se conocen con el nombre genérico de "ordenanzas municipales". Goza el concejo, además de facultades financieras y de control general de la administración.
- Autora/or de la definición
- TítuloDerecho constitucional mexicanoSubtítuloTeoría de la Constitución. Origen y desarrollo de las Constituciones mexicanas. Normas e instituciones de la Constitución de 1917Autora/or de la PublicaciónJosé Gamas Torruco (Autora/or)EditorialPorrúaNúmero de edición1Lugar de publicaciónMéxicoAño de publicación2001ISBN970-07-2749-1Página de la definición269
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